15 may 2025

Estos son los avances en el tratamiento del Decreto Ley 36/25, en esta Nueva Era para la Ciudadanía Italiana.

Estos son los avances en el tratamiento del Decreto Ley 36/25, en esta Nueva Era para la Ciudadanía Italiana.

En esta nueva entrega, te compartimos un resumen de lo votado hasta ahora en Comisiones.

Esta semana se analizarán modificaciones adicionales, y el Senado luego debería tratar en pleno, antes del viernes 16/5/2025, la suerte de este Decreto Ley, el cual puede caer, aprobarse con su redacción original o aprobarse con modificaciones, para pasar a ser tratado en definitiva por la Cámara de Diputados.

Nada aún está decidido: todavía no se terminó de votar la Ley.

Ahora, los pasos que debería seguir la votación son:

1 - votación en pleno del Senado

2 - pase a Diputados

3 - votación en comisiones Diputados

4- votación en pleno en Diputados

5 - publicación de la Ley.

El panorama hasta hoy es:

Muchas de las modificaciones ya fueron rechazadas, otras aún no fueron tratadas y algunas otras ya fueron aprobadas para ser tratadas.

Entre las más importantes que se están debatiendo están las siguientes enmiendas:

  • Será reconocido italiano el hijo o nieto de italiano que murió siendo exclusivamente italiano. (Se elimina “nacido en italia”, pero se introduce otra limitación: tu avo italiano (abuelo o padre) no tienen que haber tenido otras ciudadanías).

  • Un italiano reconocido, para transmitir la ciudadanía a su hijo (natural o adoptivo) debe haber vivido en Italia al menos 2 años seguidos después de reconocido ciudadano, y antes del nacimiento del hijo/a.


  • se regirán por la ley anterior, es decir, no les aplican las actuales limitaciones, a las solicitudes ya presentadas ante el consulado o comuna y a quienes tengan un turno que les fue asignado con anterioridad al 27/3/2025 

  • Los menores de edad nacidos antes del 27/3/2025 podrán ser registrados como italianos hasta el 31/5/2026 y los nacidos con posterioridad a esa fecha podrán ser registrados dentro del año de su nacimiento.

  • Se incorporan permisos de soggiorno por motivos de trabajo subordinado de extranjeros residentes en el exterior, descendiente de ciudadanos italianos y que posea la ciudadanía de un Estado que haya recibido “importante” flujos de emigración italiana.

  • También propone otorgar la ciudadanía al extranjero nacido en Italia o en el exterior, tengan un padre o abuelo ciudadano italiano y residan legalmente al menos 2 años en Italia.

  • También se establece que los trámites de ciudadanía por naturalización o matrimonio pendientes a la fecha de aprobación del decreto, seguirán siendo abordados con la legislación anterior.

  • La readquisición de la ciudadanía italiana prevista entre las modificaciones, beneficia a quienes nacieron o vivieron en Italia dos años y que la hayan perdido por las exigencias de la ley 555/1912 (matrimonio o naturalización), la cual se recupera por una declaración hasta el 31 de diciembre de 2027.

Es fundamental seguir cerca de los avances para lograr claridad en la información y en el análisis.

https://www.senato.it/japp/bgt/showdoc/showText?tipodoc=DDLCOMM&leg=19&id=1455470&part=ddlcomm_ddlcomm1-articolato_articolato2

Seguinos en redes para conocer todo el proceso, y contactanos.Vamos a evaluar en profundidad tu caso, y vamos a defender tus derechos .

https://ciudadaniaseuropeas.com/italiana


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