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AMPLIACION CIUDADANIA ESPAÑOLA

    EL GOBIERNO ESPAÑOL AMPLÍA OFICIALMENTE UN AÑO EL PLAZO DE LA LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA

    Según una publicación del día 9 de julio del Ministerio español de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, se amplió oficialmente el plazo para optar por la nacionalidad española hasta el 22 de octubre de 2025.

    “El Consejo de Ministros ha aprobado ampliar un año el plazo para ejercer el derecho de optar a la nacionalidad española, recogido en la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, de Memoria Democrática.

    “Se prorroga, por tanto, por un tercer año el plazo de dos años previsto en ese apartado para el ejercicio del derecho a optar a la nacionalidad española que dicha disposición adicional reconoce a los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.”

    ¿A quienes incorpora?

    a) Hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.

    b) Hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.

    Desde la entrada en vigor de la mencionada Ley, hasta el 31 de marzo de 2024, las Oficinas del Registro Civil Consular han recibido 301.121 solicitudes de opción a la nacionalidad española de origen.

    Según la publicación, “más de un 95 por ciento de las solicitudes se han recibido en las Oficinas Consulares de España en Iberoamérica y en el Consulado General de España en Miami. Concretamente, los cinco consulados generales de España en Argentina representan un 40 por ciento de las solicitudes, y, junto con el Consulado General de España en La Habana, superan el 53 por ciento de las solicitudes. En todas ellas existe un número de solicitantes que difícilmente podrán ser citados y atendidos antes de la finalización del plazo de dos años previsto en la citada disposición adicional octava de la Ley.

    El Gobierno prorroga por ese motivo un año el plazo de dos previsto para optar a la nacionalidad española; de tal forma que se puedan atender todas las solicitudes de cita ya presentadas y pendientes de asignación de fecha, así como todas las solicitudes que se presenten y que no puedan ser atendidas en los dos primeros años de aplicación inicialmente previstos en la ley.”

    Si queres saber si aplicas a la tramitación de la ciudadanía española, no dudes en contactarnos. Te acompañamos en todas las etapas del trámite.

    Fundado en 1994. Somos el primer estudio integral en la tramitación de ciudadanías europeas. 

    6 pensamientos en “AMPLIACION CIUDADANIA ESPAÑOLA”

    1. Soy argentina, hija de español, ya fallecido. Nunca renunció a su nacionalidad.. Desearía obtener la nacionalidad española, cuento con el lugar de nacimiento de mi padre, en Asturias.
      Mi madre, de nacionalidad italiana, y nunca renunció a ella, también cuento con datos sobre lugar y registro de su nacimiento…

      1. Ciudadaniaseuropeas.com

        Hola Vilma, qué tal? tu condición es muy favorable, tenés dos líneas posibles!
        En principio si te parece revisaremos la española, porque en caso de que vos tengas descendencia interesada, tenemos que tener presente los límites de la ley de nietos, octubre 2025.
        En la misma no te afecta si tu español se pudo haber naturalizado argentino o no, ni en qué año lo hizo. Además el sistema actual para tomar el turno consular es simple y con el debido asesoramiento que te daremos, no tendrás inconveniente alguno.
        Te escribiremos al mail, nos hablamos!

    2. Hola , soy nieto de españoles pero lamentablemente no tengo documentación alguna, existe alguna posibilidad de pedir la ciudadanía??

      1. Ciudadaniaseuropeas.com

        Hola Fabio, qué tal? te cuento que lo primordial no es tener la documentación, sino los datos, saber por ejemplo el ayuntamiento de nacimiento de tu abuelo español y la localidad en Argentina donde ocurrieron sus otros hechos vitales (matrimonio, defunción). Te escribiremos a tu mail para asesorarte con más detalle!
        hablamos

    3. Buenas tardes,

      Soy hijo de Español nacionalizado Argentino antes que yo nazca y tengo dos hijos mayores de edad.

      Ya tenemos los IDU,
      Necesitamos armar la carpeta para presentar.
      Tengo partida de nacimiento original de 1908,
      y demas papeles.
      Nos podrían ayudar y cuanto sería el presupuesto?
      Gracias

      1. Ciudadaniaseuropeas.com

        Hola Hugo, qué tal? te cuento en principio, que para la ciudadanía española, no es importante la naturalización de tu padre.
        Es muy importante que puedas hacer la ciudadanía de tus hijos, nietos mayores, durante la ley vigente que finaliza en 2025, porque luego ellos ya no podrán presentarse.
        Entiendo que generaron los IDU´S porque a todos les corresponde el consulado de CABA, les escribiremos por privado para asesorarlos bien.
        Nos hablamos!

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